El Sindicato de Trabajadores de Prensa (SITRAPREN), en su carácter de representantes del colectivo de trabajadores de Télam S.E. en ejercicio de la personería gremial, hizo saber a las autoridades de la Agencia que de realizar lo que manifestaron ayer en la audiencia por negociación colectiva 2020/21 -que se llevó acabo ante el Ministerio de Trabajo de la Nación- estarían cometiendo una ilegalidad.

En este sentido, la representación de Télam manifestó que: «otorgará el incremento salarial ofrecido en línea con los incrementos otorgados por el Estado Empleador a nivel general en la paritaria de diciembre 2020´´. 

Como dejamos constancia en el acta «los incrementos otorgados por el Estado Nacional, ajenos a la presente paritaria no resultan oponibles al SITRAPREN dado que las paritarias entre ésta Entidad Sindical y Télam S.E. son independientes y autónomas de cualquier otra que quiera aplicar de manera extensiva la parte empleadora´´. 

Para ser más precisos, la paritaria de diciembre 2020 a la cual hacen referencia se realizó «en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional –Decreto 214/06 y modificatorios´´.

Así, el Estado Empleador junto a la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) y la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) acordaron en la cláusula cuarta del acta paritaria otorgar un incremento salarial «en las retribuciones del personal permanente y no permanente incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional –Decreto 214/06´´.

Como las funcionarias no deben desconocer en Télam SE no rige el CCT 214/06, ya que la actividad realizada por esta sociedad del Estado cuenta con convenios colectivos y estatutos profesionales exclusivos (301/75, 124/75, Leyes 12908 y 12921), mientras que las organizaciones sindicales anteriormente mencionadas no tienen intervención en aquí.

Por todo ello, el hecho de aplicar a les trabajadores de Télam un convenio colectivo que no les corresponde sería una ilegalidad y deja de manifiesto que vuestra parte negocia de mala fe en perjuicio de los derechos de nuestr@s representad@s, por lo cual nos veremos en la obligación de realizar las acciones administrativas y judiciales correspondientes.

Por último, les reiteramos que al momento no respondieron la nota enviada el 29/12 sobre los cambios realizados en el organigrama.

Comisión Directiva

2016-2021

Buenos Aires, 07 de enero de 2021

Por sitrapren