El Sindicato de Trabajadores de Prensa (SITRAPREN) observa con preocupación el desconocimiento que demuestra Télam de la legislación que regula el trabajo de los periodistas y del personal administrativo de las empresas periodísticas, al igual que la normativa relacionada con la negociación colectiva y las asociaciones sindicales.
Llamativamente la nueva gestión elevó a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, “una consulta vinculada con la conformación de la Comisión Paritaria en el ámbito de TELAM … a los fines de implementar la normativa correspondiente de forma correcta”. Así, pide asesoramiento sobre “la constitución de la o las Comisión/es Paritaria/s, su ámbito territorial, composición, competencia y alcance”.
La Directora Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, Gabriela Marcello, respondió que tienen“que ver el CCT (entiendo que sería el 301/75)”, que la Comisión Paritaria se conforma con los “sindicatos con personería gremial que tengan representación en la empresa” y que su competencia está establecida en cada “Convenio Colectivo de Trabajo y la normativa vigente”.
Ahora bien, la consulta efectuada por Télam genera varios interrogantes: ¿Puede realmente desconocer la empresa la normativa vigente cuando ya había participado de negociaciones colectivas anteriormente? ¿No será una nueva maniobra de dilación? ¿Por qué pretende ignorar el alcance de las normas aplicables y mientras tanto lleva adelante negociaciones paralelas que resultan ilegales, lo que nunca sucedió en toda la historia de Télam? ¿Cuáles son las intenciones detrás de este proceder?
Además, la respuesta a la consulta que efectúa al Ministerio de Trabajo surge de la normativa aplicable. No obstante, mediante dilaciones y argumentos equivocados la empresa intenta torcer esas claras disposiciones legales. Como dijo el General Perón: “Dentro de la ley todo, fuera de la ley nada”.
La única verdad es la realidad: Actualmente funcionarias de Télam desarrollan ilegalmente negociaciones colectivas paralelas con una asociación sindical de segundo grado, que como tal no puede ejercer la representación de les trabajadores de la Agencia porque ellos ya están siendo representados por una asociación sindical de primer grado con personería gremial: SITRAPREN (art. 35 de la Ley 23.551).
El SITRAPREN ejerce la representación de todes les trabajadores de Télam, que es una agencia de noticias con corresponsalías nacionales e internacionales, y como tal es una sola empresa, cuyos trabajadores no pueden ser fraccionados ni divididos entre trabajadores de primera y de segunda.
Llevamos una larga lucha recordando que “Télam somos tod@s”, tanto quienes desempeñan sus tareas en CABA como quienes lo hacen en las distintas corresponsalías, tod@s tienen los mismos derechos, y son representad@s por un mismo sindicato: SITRAPREN.
En lugar de perder el tiempo con procedimientos ilegales, Télam debería emplearlo en elaborar una propuesta salarial que contemple mejoras en las condiciones de trabajo y compense la pérdida del valor adquisitivo de los salarios de les trabajadores de la Agencia, debido al arrastre del déficit generado por falta de acuerdos o aumentos insuficientes en períodos anteriores.
Por todo ello, instamos a Télam a que:
· cese la negociación paralela ilegal de la que es parte,
· ponga fin a la actitud antisindical y práctica desleal demostradas hasta ahora para con esta Asociación Gremial,
· se limite a cumplir las leyes, los Convenios Colectivos y los compromisos asumidos en acuerdos paritarios anteriores, y
· respete los derechos y conquistas de les trabajadores a los que representamos.
Comisión Directiva
2016-2022
Buenos Aires, 11 de junio de 2021