El Sindicato de Trabajadores de Prensa (SITRAPREN), Personería Gremial N°1880, se satisface al anunciar que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII, rechazó el recurso de reposición interpuesto por Télam S.E. contra la medida cautelar que favorece a nuestro Secretario General, compañero Lucho Giménez.

 

Frente a la incapacidad de quienes administran la Agencia y sus representantes legales, la Justicia les informó que “el pronunciamiento dictado no resulta susceptible de revocatoria”, por lo cual no hizo lugar al recurso interpuesto. Es decir, negó el pedido realizado por Télam S.E. para que se “revoque la medida cautelar ordenada como se pide, con costas”.

 

Asimismo, al observar su ignorancia, los instruyó que “en cuanto a la prueba ofrecida, ocurra oportunamente el presentante por ante quien corresponda”. En otras palabras, que se equivocaron de tiempo y lugar.

 

Cabe señalar, que Télam S.E. por más que cuenta con una Gerencia de Asesoría Legal en la cual se desempeñan varios abogados, abona al Estudio de Diego & Asociados –el mismo que contrató Pousá en su anterior gestión durante el gobierno de la Alianza- por asesoramiento jurídico más de 250 mil pesos por año. Este a través del Dr. Jorge Rafael Bóveda presentó el citado petitorio, con un procedimiento que para nada corresponde y como abogado no puede desconocer, siendo que se trata de una sentencia interlocutoria de segunda instancia que no admite otro recurso.

 

En este sentido, el SITRAPREN informa que los responsables de Télam S.E. se niegan a dar cumplimiento a la manda judicial, con un desapego descarado al marco jurídico vigente. Es más, el Directorio, a través de una carta documento que firma el señor Carlos Rosendo Villoldo, pretende victimizarse diciendo que Giménez “amenaza de ejecutar una sentencia”, cuando en realidad es la Justicia la que falló al respecto.

 

Por ello, desde el SITRAPREN invitamos al Estudio De Diego & Asociados, al Presidente y Vicepresidente que conforman el Directorio de Télam y a Villoldo a que realicen una relectura, terminen con las dilaciones y den cumplimiento a la sentencia como lo determinó la Justicia.

 

Comisión Directiva

2016-2020

 

Buenos Aires, 01 de junio de 2017

Por sitrapren