El Sindicato de Trabajadores de Prensa (SITRAPREN), Personería Gremial Nro. 1880, comunica que con respecto a la negociación colectiva 2021/22 que rige a todes les trabajadores de la Agencia Télam, esta organización sindical arribó a un acuerdo parcial que implica lo siguiente:

Incremento salarial: 35% en cuatro tramos: 14% en junio, 10% en agosto, 6% en enero y 5% en febrero, con revisión en la primera semana de noviembre. A lo que se suma un 5% de forma extraordinaria desde el mes de septiembre que adquiere carácter permanente.

Sobre los ítems: Vale de comida, sepelio, guardería y dedicación funcional se aplicará un incremento del 20% en junio y 15% en agosto.

Adicional por título universitario: Se actualizarán los montos a $ 5.000 cuando el mismo se relaciona con la labor y $2.000 cuando no tiene relación. Sobre eso se aplicará el 20% de incremento en junio y 15% en agosto

Zona desfavorable: Se modifica la modalidad de cálculo, por lo cual, en lugar de ser una suma fija a partir del 01 de julio pasa a ser un 12% sobre el salario básico del trabajador o la trabajadora que lo perciba.

Asimismo, Télam continuará abonando los $4.000 a aquellos trabajadores que cuyo salario bruto no supere los $60.000 a enero de 2020.

Además, se abonará a todo el personal una suma no remunerativa de $ 10.000 por única vez en julio

Se comenzará a implementar en septiembre el pago de $15.000 bajo el concepto de ropa de trabajo para todes les trabajadores de Télam, independientemente de labor que desempeñen, suma que no afecta ni modifica, sino que complementa lo establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo.

Queda pendiente de confirmar en próxima audiencia la suma a otorgar con respecto al bono de fin de año.

Por otro lado, la empresa ratificó la aplicación de la cláusula sobre la promoción de la mujer trabajadora planteada por SITRAPREN y, de igual manera, aceptó la incorporación al régimen de licencias y franquicias de lo siguiente:

  • Franquicia horaria para realización de trámites inherentes a la asistencia de personas a cargo con discapacidad. Con goce de haberes, sin obligación de compensar el tiempo utilizado a tal fin. Dicha franquicia horaria será de 30 horas anuales o de 40 horas anuales para el caso de familias monoparentales, sin distinción entre hijos o hijas mayores o menores de edad.
  • Implementar en Télam una licencia de treinta días para atención y tratamiento médico para aquellas personas que quieran adecuar su cuerpo al género auto percibido (deja de ser una licencia por enfermedad) lo cual garantiza el acceso a la salud integral, según lo previsto en el art 11 de la ley 26.743 de Identidad de Género.

La negociación continuará en la próxima audiencia con respecto a los otros puntos del acta del 31/5/21 sobre los cuales no se arribó a un acuerdo.

Por último, la parte sindical aclaró que seguirá hasta las últimas instancias la ilegalidad de llevar adelante una negociación colectiva paralela con otras organizaciones sindicales que no tienen representación en la Agencia, atento que SITRAPREN representa a todes les trabajadores de Télam sin perjuicio del lugar en el cual cumplan las tareas, tal como se aplicará la negociación colectiva rubricada en forma parcial.

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2016-2022

Buenos Aires, 16 de junio de 2021

Por sitrapren