El 23 de diciembre de 2020, mediante negociación colectiva en ejercicio de la personería gremial, SITRAPREN solicitó incorporar en Télam una cláusula de promoción de la mujer trabajadora y principio de igualdad de trato y oportunidades:

PROMOCIÓN DE LA MUJER TRABAJADORA: Promover la equidad de género como parte activa del principio de igualdad de oportunidades.

En este sentido, en igualdad de condiciones, tendrán preferencia para cubrir las vacantes, ascensos o promociones (artículo 37 del CCT 301/75) las personas del sexo menos representado en el grupo o categoría profesional.

Asimismo, no se podrá utilizar lenguaje sexista en la convocatoria a concursos para cubrir vacantes, ni en la publicidad o en los procesos de selección.

En relación a la promoción de la mujer trabajadora, Télam deberá organizar cursos de formación y perfeccionamiento para las trabajadoras, con el fin de promover la inclusión de las mismas en las áreas en donde están subrepresentadas.

PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES. Eliminar cualquier medida o práctica que produzca un trato discriminatorio o desigualdad entre las y los trabajadores fundadas en razones políticas, gremiales, de sexo, orientación o preferencia sexual, género, estado civil, edad, nacionalidad, raza, etnia, religión, discapacidad, caracteres físicos, síndrome de deficiencia inmunológica adquirida, o cualquier otra acción, omisión, segregación, preferencia o exclusión que menoscabe o anule el principio de no discriminación e igualdad de oportunidades y de trato, tanto en el acceso al empleo como durante la vigencia de la relación laboral.

El empleador deberá dispensar a todes les trabajadores igual trato en idénticas situaciones. Se considerará que existe trato desigual cuando se produzcan discriminaciones arbitrarias fundadas en alguna de las causas mencionadas, apartándose de criterios objetivos de evaluación.

Para garantizar la efectiva igualdad de oportunidades el Empleador deberá facilitar el acceso de todes les trabajadores a los programas de capacitación que se dicten para nuevas competencias laborales.

El 16 de junio de 2021, la parte empleadora ratificó los términos tratados en audiencias anteriores sobre la promoción de la mujer trabajadora, comprometiendo sus esfuerzos en el tema.

Por sitrapren