El Sindicato de Trabajadores de Prensa (SITRAPREN) comunica que nuestros dirigentes han enviado una nota al presidente de la Agencia Télam S.E. con el objeto de transmitirle la preocupación de los trabajadores, respecto de cuestiones que han sido objeto de acuerdo entre las partes en el ámbito del Ministerio de Trabajo.

Momento en el cual, la empresa se comprometió mediante acta Paritaria a respetar el Convenio Colectivo así como las normas estatutarias vigentes y demás legislación aplicable al personal, en especial, en lo relativo al sistema de ingreso y ascenso mediante el sistema de concursos.

Por ello, vemos con preocupación, que la empresa incorpore nuevo personal en forma unilateral, sin respetar el debido procedimiento del llamado a concurso. En efecto, si bien la empresa puede incorporar libremente personal en el Directorio, generalmente como adscripto al mismo, no puede válidamente ubicar dichas personas en cargos de Planta, cuya vacante debe sí ser cubierta por el sistema de concursos.

Es más, aún en el hipotético supuesto de crearse nuevos cargos en la Planta de Télam, ellos deben ser cubiertos mediante el llamado a concurso, por tratarse de nuevas vacantes en la estructura organizativa de la empresa.

Asimismo, hay que tener en cuenta que en el caso puntual de la Jefatura del Departamento de Infraestructura y Servicios Generales, fue designado mediante acta firmada por la Comisión Negociadora quien está a cargo, categoría otorgada en virtud del artículo 24 del Convenio Colectivo de Trabajo 301/75.

Es decir, se le reconoció que llevaba más de tres meses a cargo de esa Jefatura. Por lo que difícilmente se puede argumentar la cobertura de una vacante como lo establece el artículo 37 del CCT 301/75, cuando el puesto no está vacante.

Por todo lo expuesto, el SITRAPREN solicitó al Presidente, y demás funcionarios que integran el Directorio de Télam, poder encontrar a través del dialogo, en primera instancia, solución al tema planteado. Caso contrario recurriremos a los organismos de control correspondiente y a la justicia laboral, y a quien corresponda por mal desempeño de funcionario público.

 

Comisión Directiva

 

Buenos Aires, 09 de septiembre de 2015

Por sitrapren